Escrito comunicando de forma previa a la Comunidad de Propietarios que se van a realizar obras en la vivienda por parte del propietario
Es obligatorio para el propietario comunicar al representante de la comunidad de propietarios la intención de llevar a cabo obras en el inmueble privativo de forma previa a la realización de las mismas.
Mediante esta comunicación obtendrás el escrito para comunicar dichas obras tal y como se prevé en el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, el cual se pronuncia de la siguiente manera:
El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador.
