Contrato de compraventa de embarcación de recreo entre particulares

Con el contrato de compraventa de embarcación entre particulares, las partes podrán regular aspectos como el precio, la entrega o la documentación y trámites necesarios.

El presente contrato está pensado para aquellos casos en los cuales se lleva a cabo la compraventa de una embarcación de recreo entre particulares.

Debes tener en cuenta que el art. 2. a) del Real Decreto 1435/2010, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo las define como «toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre los 2,5 y 24 metros, utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo.»

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