Contrato de obra menor

Con este contrato de obra menor podrás regular los distintos aspectos del encargo de la ejecución de una obra concreta a un contratista.

Este documento permite regular todos los aspectos esenciales que aparecen cuando se pretende encargar la ejecución de una obra.

Este tipo de contrato, denominado por el Código Civil «de arrendamiento de obra» y regulado de forma muy general en sus artículos 1.588 a 1.600, suele definirse como aquel contrato por el que una persona, denominada contratista, se obliga respecto de otra, el cliente o comitente, mediante un precio determinado, a la obtención de un resultado.

A este resultado, la obra en cuestión, es a la que se encamina la actividad realizada por el contratista, ya sea con o sin el suministro de los materiales por parte del cliente.

Recuerda que resulta esencial adjuntar como documento anexo a este contrato una descripción detallada de las obras encargadas por el cliente al contratista.

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